Compra de bienes en Mer por parte de Celestino Castro
Archivo: Casa de Mer (Proendos)
Fecha: 26/08/1928
Parroquia: Santa María de Proendos
Tipo de documento: Documento privado
Palabras clave: compra de bienes, molino, casa terrena
Descripcion/sinopsis:
Felisa Vázquez Salgado, mayor de edad, casada, vecina del lugar de Froján en Proendos, vende a Celestino Castro Rodríguez, vecino de Mer, vende una serie de bienes, entre los que se halla un molino harinero, mediante acuerdo privado con la misma fuerza y valor que si fuese público, en el precio de 1.250 pesetas.
Transcripción:Versión PDF
En el lugar de Mer, parroquia de Santa María de Proendos, distrito municipal de Sober, a veintiséis de agosto, año de mil novecientos veintiocho, a presencia de los testigos que al final serán escritos, comparecen voluntariamente de una parte doña Felisa Vázquez Salgado, mayor de edad, casada, dedicada a las faenas de su sexo, y vecina del lugar de Froján, parroquia de la fecha, y de la otra don Celestino Castro Rodríguez, mayor de edad, soltero, labrador y vecino del repetido lugar y parroquia de la fecha, ambos provistos de sus respectivas cédulas personales, que exhiben, y declaran tener capacidad legal y en uso de sus derechos civiles para poder contratar, otorgan y dijeron que la doña Felisa Vázquez Salgado, que es dueña en propiedad por sus legítimos títulos de las partidas siguientes:
Primera, tres ferrados, poco más o menos en sembradura, destinados a pastero, con inclusión de un molino de harina desmolido al nombramiento da Ponte da Ribeira, términos de Figueiroá, confinante por norte con camino público, este con José Díaz, arroyo de agua en medio, sur con más que le queda a la enajenante, y oeste con Rosendo Sánchez, pared en medio, y presa de agua para el dicho molino.
Segunda, una casa de planta baja destinada a pajar, de la superficie próximamente de cuarenta y cinco metros cuadrados, al nombramiento del mismo lugar de Mer, con inclusión de su patio y residuo, confinante por norte con el patio y camino público, este y sur con terrenos de la casa llamada de la Costa, y oeste con más pajera de Ramón Salgado.
Y así, deslindadas las dos partidas y con el nombre conocido, les convino la enajenación perpetua para atender a sus urgencias personales y de su casa, y para el efecto obtuvo el correspondiente permiso de su marido, don José Seijas, Lonces, que también se halla aquí presente; por lo tanto, se las vendió al expresado don Celestino Castro Rodríguez, otorgando esta venta con todas las formalidades de derecho, queriendo, aunque privada tenga la misma fuerza y valor que si fuese público, en el precio de 1.250 pesetas, las dos partidas y molino, las que recibe en este acto, de manos del comprador, en monedas del corriente ejercicio del reino, y le firma resguardo, prometen tener por válido este contrato de compraventa y no revocarlo en tiempo alguno, bajo obligación de su persona y bienes presentes y futuros, y estar de evicción al comprador con todas las seguridades prevenidas por las leyes vigentes; y desde este auto le cede la posesión de dichas partidas a los mismos usos y costumbres que tenían hasta hoy día de la fecha. Así lo dijeron, y ofrecen cumplir todo lo estipulado, y se constituyen en la forma dicha. A todo lo contenido fueron testigos presenciales don Pedro Vázquez Rodríguez, vecino del repetido lugar de Mer, y don Valentín Prieto González, vecino de Liñarán, y firman con los otorgantes sin excepción de ningún género.
Nota:
Por olvido involuntario, la venta de las dos partidas venden entre el marido y su esposa por ser adquisición de los dos, y se dan por conformes con todo lo expuesto, y renuncia todo el derecho que tenían a dichas partidas, y firman todos. Firma: José Seijas; Felisa Vázquez; Celestino Castro Rodríguez. Por no estar presente el primer testigo, firma Teófilo Prieto; Valentín Prieto Álvarez, vecino de Liñarán.
Coincidencias
Archivo:
Parroquia:
Santa María de Proendos (111)
Tipo de documento:
Documento privado (51)
Palabras clave:
Compra de bienes (9)
Molino (22)
Casa terrena (21)



