Demanda contra los llevadores de tres cañados de vino
Archivo: Carnero Villastrille
Fecha: 26/11/1873
Parroquia: San Miguel de Rosende
Tipo de documento: Expediente judicial
Palabras clave: prorrateo, foro, repartija
Descripcion/sinopsis:
Genaro Álvarez, de Villaestrille, apoderado de D. Ignacio Carnero, presbítero, demanda en el Juzgado Municipal de Sober a los llevadores de las fincas de Cerejedo, sitas en la parroquia de Villaescura, por impago de tres cañados de vino de renta anual.
Transcripción:Versión PDF
Don José Pérez Méndez, secretario del Juzgado Municipal de Sober, certifico que en el libro de actas conciliatorias celebradas en el presente año hay una que, copiada a la letra, dice:
En la audiencia del Juzgado Municipal de Sober, a veinte y seis días del mes de noviembre año de 1873, ante don Melchor Otero, juez municipal, y del infrascrito secretario, comparecieron a conciliación Genaro Álvarez Rodríguez, de treinta años de edad, labrador y vecino de la parroquia de Santa María de Proendos, como apoderado de José Carnero Pérez Armesto y su hijo don Ignacio Carnero y Pérez, presbítero, según lo acredita con la copia expedida a su favor a primero de noviembre de 1871, ante el notario don José María de Otero, de este distrito, cuyo poder confiesa no estarle revocado en manera alguna de las cláusulas que comprende, la cual copia volvió; conciliador Francisco Fernández, de la parroquia de San Martín de Anllo, como denunciante, y como denunciados don Bernardo Álvarez, presbítero, José González, Luis Vázquez, José Rodríguez, Teresa Piñeiro y Rita Rodríguez, de San Miguel de Rosende, y José Márquez, de la de Santa María de Villaescura, con su hombre bueno, Remigio Vázquez, de la sobredicha de Rosende.
El primero a los segundos para que se allanen al prorrateo de la renta de tres cañados de vino, con que deben contribuir anualmente a sus representados por dos fincas a la denominación de Cerejedo, en dicho Rosende, nombrando para ello perito para que efectúe la operación y regule los gastos y atrasos con las costas.
Los demandados aquí presentes, contestan: el don Bernardo Álvarez, que siendo poseedor de poco tiempo a esta parte en las fincas de Cerejedo, no tuvo ni tiene conocimiento que por ellos se pague renta alguna, por lo que no se allana al prorrateo solicitado por el demandante; así como los demás también manifiestan no allanarse al prorrateo solicitado porque no tienen conocimiento alguno que las fincas de Cerejedo estén sujetas a las rentas por que se les demanda, por lo mismo ni nombran perito ni se allanan al prorrateo.
Mediaron varias razones entre demandante y demandados, y el señor juez con los hombres buenos les propusieron a venia, y no fueron conformes, y mediante a que Rita Rodríguez no ha comparecido ni ha alegado causa justa que se lo impidiese, el señor juez le impone la multa de seis reales, que aprontará en papel de esta clase al término del segundo día, bajo apremio. Firman los que dijeron saber y por los que no lo hace don Andrés Garcés, de San Martín de Anllo, y de ello certifico. Firma: Melchor Otero; Genaro Álvarez; Bernardo Álvarez; Luis Vázquez; José Vázquez; Remigio Vázquez; Andrés das Gocies; Francisco Fernández; José Pérez Méndez.
Así resulta literalmente del acta a que me refiero y queda archivada por ahora en la secretaría de mi cargo, y de petición del demandante, libro la presente en un pliego de papel igual al de su original, visado por el señor juez, a veinte y ocho de noviembre de 1873. Visto bueno, Melchor Otero; José Pérez Méndez, secretario.
Coincidencias
Archivo:
Carnero Villastrille (174)
Parroquia:
Tipo de documento:
Expediente judicial (43)
Palabras clave:
Prorrateo (20)
Foro (92)
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