Liquidación de la capellanía de San Pelayo en Proendos tras su desamortización
Archivo: Diocesano de Lugo
Subarchivo: Legajos de Proendos
Fecha: 25/09/1847
Parroquia: Santa María de Proendos
Tipo de documento: Expediente judicial
Palabras clave: desamortización, venta de bienes eclesiásticos
Descripcion/sinopsis:
D. Gabriel de Castro, cura párroco de Santa María de Proendos, advierte que tras la partición judicial de los bienes de la capellanía de San Pelayo, como resultado de aplicar las leyes de desamortización, se verán afectadas trece misas que tenía consignadas su fundador y sujetas a esos bienes.
Nota: Por razones de copyright, las fotografías del documento original han sido retiradas, siguiendo las indicaciones del Archivo Diocesano de Lugo.
Transcripción:Versión PDF
D. Gabriel de Castro, cura párroco de Santa María de Proendos y San Martín de Anllo, en el distrito municipal de Sober, ante V. según mejor en derecho proceda, digo: que en virtud de autos seguidos y sentencia pronunciada en este juzgado, se está procediendo a la partición judicial de los bienes de la capellanía de advocación San Pelayo, sita y sitos en la dicha de Santa María, entre varios partícipes. Mas es necesario advertir que según la escritura de fundación de la referida capellanía, a esos bienes afecta la carga anual de trece misas, la una de ellas cantada en el día que marca y las restantes rezadas, carga cuyo cumplimiento vemos establecido con toda justicia y equidad en la ley de desamortización de tales capellanías del año último de cuarenta y uno, en justo respeto a la voluntad y miras piadosas del fundador; pues si vemos respetada una renta o carga civil, ¿por qué no la eclesiástica?
De la operación divisoria a que se está procediendo, según dicho va, resultará sin duda con el transcurso del tiempo la pérdida de la limosna designada para dichas misas, y con tal pérdida se faltará a la voluntad del fundador, garantizada por la ley última sobre la materia. En efecto, después que a cada uno se adjudique su cupo y se halle totalmente aprobada la partija, por cuanto casi todos los que tienen derecho a dichos bienes son bastante distantes del punto donde radican, es muy natural y consiguiente que procurarán enajenarlos, y que no los enajenarán todos juntos, sino que según la proporción y exigencias de cada uno, hoy se venderá una finca, mañana se permutará otra, otro día se hallará donada alguna, y todas libres de carga en su curso, de suerte que luego que el enajenante se quede sin bienes no sabremos a quiénes exigir el estipendio para las referidas misas, y tratando de ventilarlo en tela de juicio nos veremos envueltos en un sinnúmero de dificultades para averiguar cuáles hayan sido las últimas enajenaciones suficientes a sufrir la carga, y si las primeras fueron libres de ella, etc. etc., y, por último, observaremos que todo se ha oscurecido y, por consecuencia, perdido. Para evitarlo, pues, ningún medio más natural, lícito y justo que el afianzamiento del cumplimiento de dicha carga por medio de una hipoteca suficiente. Y en desempeño de mi deber, a V. acudo y le suplico que, con unión de este escrito al mencionado expediente de partija, se sirva estimar la hipoteca solicitada, pues así corresponde en justicia, que pido, juro. Bolmente y septiembre veinte y cinco de mil ochocientos cuarenta y siete. Firma: Licenciado Manuel María de Castroseiros.
Derechos, ocho reales.
Apunte al pie de esa misma hoja:
Ramón Rodríguez, vecino del lugar de Outeiro, feligresía de Santa María de Proendos, se halla enfermo de una enfermedad dificultosa de curar y por sí de solemnidad, por lo que, y en atención a que no tiene medios para restablecerse en su salud, suplica al señor administrador del Real Hospital de Santiago se sirva admitirle por uno de los individuos de dicho hospital, favor que espera el suplicante de la recta justicia y caridad de dicho señor. Santa María de Proendos (sin fecha).
Coincidencias
Archivo:
Diocesano de Lugo (72)
Parroquia:
Santa María de Proendos (111)
Tipo de documento:
Expediente judicial (43)
Palabras clave:
Desamortización (4)

