Escudo del Conselho de Sober

CEHIS - Centro de Estudios Históricos de Sober

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Presentación a la capellanía de Ntra. Sra. del Rosario de Anllo

Archivo: Archivos Históricos del Estado

Subarchivo: Protocolos Notariales

Fecha: 05/12/1763

Parroquia: San Martiño de Anllo

Tipo de documento: Escritura notarial

Palabras clave: capellanía colativa, patronato real de legos, colación

Descripcion/sinopsis:

Don Antonio López Guitián, patrono de la capellanía colativa de Nuestra Señora del Rosario, inclusa en la iglesia parroquial de San Martiño de Anllo, que está vaca, presenta como capellán a don Pedro de la Cruz, hijo legítimo de Joseph de la Cruz y María Rodríguez, vecinos del lugar de la Vacariza, feligresía de San Salvador de Neiras.

Transcripción:Versión PDFpdf

En la Casa de la Lama, feligresía de San Jorge de Santiorjo, a cinco días del mes de diciembre del año de 1763, delante mí,escribano de su majestad y testigos, pareció presente don Antonio López, vecino que fue del lugar de la Bretonía, feligresía de San Martín de Anllo, y ahora lo es de la villa de Monforte de Lemos, de este obispado de Lugo, y dijo que él es patrono in solidum de la capellanía eclesiástica colativa de advocación de Nuestra Señora del Rosario, inclusa en la parroquial de la referida feligresía de San Martín de Anllo, y por hallarse actualmente vaca dicha capellanía, usando de su derecho como tal patrono, en la forma que más válido sea, la apresentaba y apresentó en don Pedro de la Cruz, hijo legítimo de Joseph de la Cruz y María Rodríguez, vecinos del lugar de la Vacariza, feligresía de San Salvador de Neiras, sujeto benemérito para obtenerla, en quien concurren las circunstancias necesarias, que continúa los estudios con ánimo de hacerse sacerdote, y para que lo consiga, pide y suplica a su señoría ilustrísima, el señor obispo de este dicho obispado y su ciudad de Lugo, le habilite y admita los sacros órdenes, haciéndole título y colación de dicha capellanía, y en defecto reserva el otorgante el apresentarla en persona idónea que cumpla con las cargas y obligaciones de ella y la sirva como se requiere, y juró en debida forma, de que doy fe, que en esta apresentación no ha intervenido ni espera intervenga simonía, lave, ni especie de ella, ni otro pacto ilícito ni reprobado, y promete que siempre la habrá por firme, sin revocarla, pena de no ser oído en juicio ni fuera de él, y pagar las costas y daños que se recrecieren, en testimonio de lo cual otorgó la presente con poderío y sumisión a las justicias de su fuero y domicilio, y renunciación de todas leyes de su favor, con la general y derechos de ella en forma; firmolo de su nombre, siendo de todo ello testigos, don Joseph Rodríguez, vecino del lugar de Cibrisqueiros, feligresía de San Vicente de Pombeiro, Eugenio Carballo, del lugar de la iglesia de San Martín de Arrojo, y don Joseph Velosillo, vecino de esta referida Casa de la Lama, y de todo ello y de que conozco a dicho otorgante, yo escribano doy fe. Firma: D. Antonio López Guitián; pasó ante mí, Bernardo Benito Rodríguez.