Sentencia definitiva del juicio testamentario de Tomás Carnero
Archivo: Casa da Lama (Santiorxo)
Fecha: 09/02/1910
Parroquia: San Xurxo de Santiorxo
Tipo de documento: Expediente judicial
Palabras clave: pleito, partija, herencia
Descripcion/sinopsis:
Sentencia por la que se dictamina que don Jacinto Carnero, presbítero y hermano de Tomás Carnero, puede practicar todas las operaciones divisorias, inventario, liquidación, división y adjudicación de los bienes dejados por este en su testamento, valiéndose al efecto de perito o personas competentes, cuyos gastos serán de cuenta de los herederos.
Transcripción:Versión PDF
Fallamos que, con las costas a la parte apelante, debemos confirmar y confirmamos la sentencia que en 26 de marzo del año último dictó el juez de primera instancia de Monforte, por la que se declara practicada la partición de la herencia de don Tomás Carnero Rodríguez y, por tanto, anula todo lo actuado en el juicio de testamentaría de que deriva este incidente, sobreseyendo en aquel, sin hacer especial condenación de costas de las causadas en dicho incidente. Esta sentencia se publicará en el Boletín Oficial de la provincia. Firma: Señores Hernández; Velázquez; Álvarez. La Coruña, febrero 9 de 1910.
Es copia.
Para dar cumplimiento a la voluntad de don Tomás Carnero, consignada en el testamento bajo que falleció, puede el contador nombrado don Jacinto Carnero practicar todas las operaciones divisorias, inventario, liquidación, división y adjudicación, valiéndose al efecto de perito o personas competentes, cuyos gastos serán de cuenta de los herederos, en proporción del haber que a cada cual se adjudique. El José tiene derecho a los bienes que se le dejan señalados hasta donde alcance el tercio de libre disposición.
Si exceden del tercio, lo sobrante pasa a la herencia en la que el José acredita una tercera parte del remanente. Echa la partija que el contador la presente a los herederos, levantándose a ésta para su aprobación o fraccionándola en auto conciliatorio. Si algún heredero se opusiese que presenta la partija al juez para que se ponga de manifiesto a los herederos por ocho días, que si no se oponen queda aprobada, y si se oponen, el que lo haga incurre en la pena establecida en el testamento.
Coincidencias
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Tipo de documento:
Expediente judicial (43)
Palabras clave:
Pleito (213)
Partija (59)
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