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Testamento de Gregoria Álvarez dos Pacios

Archivo: Archivos Históricos del Estado

Subarchivo: Protocolos Notariales

Fecha: 02/10/1735

Parroquia: Santa María de Proendos

Tipo de documento: Testamento notarial

Palabras clave: testamento, codicilo, últimas voluntades

Descripcion/sinopsis:

Gregoria Álvarez, viuda de Juan Fernández, vecina del lugar dos Pacios, feligresía de Santa María de Proendos, dispone sus últimas voluntades ante Bernardo Benito Rodríguez Varela, escribano de la Casa da Lama, mejorando en el tercio y quinto de sus bienes a su hijo Benito Fernández.

Transcripción:Versión PDFpdf

In Dei Nomine, Amén. Sepan cuantos esta pública escritura de testamento última y postrimera voluntad vieren, cómo yo, Gregoria Álvarez, viuda que finqué de Juan Fernández, mi marido, vecino que fue y yo soy de este lugar dos Pacios, feligresía de Santa María de Proendos, enferma en cama de enfermedad natural que Dios nuestro señor fue servido darme, aunque en mi buen juicio y entendimiento cabal, creyendo como firme y verdaderamente creo en el alto y sacro misterio de la Santísima Trinidad, Padre, Hijo y Espíritu Santo, tres personas distintas y un solo Dios verdadero, y en todo lo más que se debe creer y nos enseña nuestra santa madre iglesia católica romana, en cuya fe y creencia he vivido y protesto vivir y morir, y ahora conociendo que la muerte es natural, que ninguno puede excusarse de ella y que después de recibir los santos sacramentos el mejor medio es hacer testamento y disponer de las cosas tocantes al descargo de mi conciencia, por la cual a honra de Dios nuestro Señor Jesucristo y de su bendita madre señora nuestra concebida sin mancha ni sombra de pecado original desde el primer instante de su ser natural, amén, lo hago y ordeno en la forma y manera siguiente: primeramente, encomiendo mi ánima a Dios nuestro señor que la compró y redimió a costa de su preciosísima sangre para que se sirva de la perdonar y llevar consigo a la bienaventuranza, que es el fin para que fue criada, y el cuerpo se dé a la tierra de que fue formado, el cual cuando su divina majestad me llamare de esta presente vida sea sepultado dentro de la iglesia parroquial de esta dicha feligresía y amortajado en un hábito de nuestro padre San Francisco, y que el día de mi entierro se ofrende por mi ánima, cuerpo presente, una tega de centeno y para el nuevo un cañado de vino, además de la ofrenda menor de año y día sobre mi sepultura, según es costumbre; ítem, mando que por dicha mi ánima se me digan en dicha iglesia veinte misas, inclusas las tres cantadas de los tres autos de entierro, tercio y cabo de año, y además de estas otra en Nuestra Señora del Carmen, y a redención de cautivos y más órdenes mendicantes se les dé de limosna treinta y cuatro maravedís, con que las excluyo y aparto de todos mis bienes; ítem, digo que por el mucho cariño y afición que tengo a Benito Fernández, mi hijo, en la mejor forma que haya lugar de derecho y usando del que tengo para poder testar, le mejoro en el tercio y remanente del quinto de todos mis bienes, muebles y raíces, presentes y futuros, y en lo mejor y más bien parado de ellos a su escoger; ítem, nombro por mis testamentarios y albaceas de este mi testamento a don Juan Andrés y Villamarín, abad y cura propio de esta dicha feligresía, y al dicho Benito Fernández, mi hijo, a los cuales y cada uno de ellos in solidum, doy el poder que se requiere para que de lo mejor y más bien parado de mis bienes, vendiéndolos en almoneda o fuera de ella, hagan cumplir y cumplan todo lo aquí contenido dentro del año y día de mi fallecimiento, y después de cumplido en lo remanente que quedare de dichos mis bienes nombro, elijo e instituyo por mis universales herederos al dicho Benito y Amaro Fernández, a Ana María, Cecilia y María Antonia Álvarez, todos cinco mis hijos legítimos y que me quedaron del dicho mi marido; y por este mi testamento revoco otros cualesquiera mandas, codicilos o legados que antes de ahora haya hecho por escrito o de palabra, que quiero no valgan ni hagan fe en juicio ni fuera de él, salvo este que al presente otorgo por mi última disposición y determinada voluntad, a dos días del mes de octubre del año de mil setecientos y treinta y cinco, estando en la mi casa de morada del dicho lugar dos Pacios, de la referida feligresía de Santa María de Proendos, jurisdicción de Sober, por delante el presente escribano y testigos que para este efecto por mí fueron llamados y rogados, y se hallan presentes Francisco González, Juan Carnero, Joseph Fernández, Juan Rodríguez, vecinos de este dicho lugar, y Tomás Carnero del de Villastrille, todos de esta dicha feligresía y jurisdicción, y la parte otorgante, a quien yo escribano doy fe que conozco, está en su sano juicio y cabal entendimiento por hablar y responder bien y concertadamente a todo lo que se le pregunta, la cual por no saber firmar lo hizo uno de dichos testigos a su ruego, y de todo ello doy fe. Firma: como testigo y a ruego de la otorgante, Tomás Antonio Carnero; pasó ante mí, Bernardo Benito Rodríguez Varela.