Testamento de Pedro Fernández de Hortás
Archivo: Casa Noguedo
Subarchivo: Casa de Hortás
Fecha: 04/01/1575
Parroquia: Santo Estevo de Anllo
Tipo de documento: Testamento
Palabras clave: dotación de misas, albacea, limosna, heredero universal
Descripcion/sinopsis:
Pedro Fernández nombra como cumplidor testamentario cabezalero de sus mandas y obsequias a Juan da Cegoñeira, vecino de San Esteban de Anllo. El testamento pasó ante el notario Bartolomé Fernández, y por no saber firmar el testador lo hizo en su nombre un testigo.
Nota: Cuando falta texto o resulta ilegible, se ha sustituido por puntos entre paréntesis.
Transcripción:Versión PDF
In Dei nominus, amen. Sepan cuantos esta carta de manda y testamento vieren como yo Pedro Fernández, vecino y morador que soy de la feligresía de San Esteban de Anllo, que estoy presente estando estable en una cama de cierta enfermedad que Dios mi Señor fue servido darme, y temiéndome de la muerte que es cosa natural, y creyendo como creo en la santa fe católica y en aquella fe y creencia quiero vivir y morir como católico cristiano, y estando ante testigos en mi sano juicio natural, y por deber poner mi ánima en (………) por esta presente carta que ajuste mi testamento y mandatos a (…) y alabanzas de mi Dios verdadero, primeramente mando mi ánima a mi Dios verdadero, que la amparó y redimió por su infinita compasión por su muerte y (…) condenarla, y pido esa dicha a la Virgen Santa María, su bendita madre, con todos los demás santos y santas de la corte celestial, sean mis abogados delante mi Dios verdadero por mi alma, para que la pueda llevar y alojar donde mejor servido fuere (…) cuando a su divina majestad pluguiere hacerlo.
Item mando que cuando la voluntad de Dios fuere servida de llevarme de esta vida, protesto que mi cuerpo sea enterrado en la iglesia de San Esteban de Anllo, donde yacen mi padre y mi madre, y que se dé al clérigo o fraile que me tuviere por la mano a la hora de mi muerte dos reales además; ítem mando que lleven con mi cuerpo de ofrenda medio cañado de vino y otra media tega de trigo, y para la navidad nueva que viene otro medio cañado de vino y otra media tega de trigo, y de carne o pescado lo que sea bien (…); y mando que el dicho día de mi entierro me digan diez misas y diez (……); ítem mando que me impongan la casulla del señor don Bernabé, y del (…) que dieren, digan siete misas por las ánimas del purgatorio, y los demás mando que me los restituyan en misas; ítem mando a mis herederos tengan cada uno dos misas por las ánimas de mis difuntos, y las tengan para siempre; ítem mando que ofrendan por mi alma pan y vino y lumbre el primer año que me falleciere; mando a la Santa Hermandad para redención de cautivos diez maravedís pares de blancas, pagas asemade (……) la que también aparto de todos mis bienes así muebles como raíces, que no me apartan de esta gracia de Dios todopoderoso; ítem mando que paguen a la iglesia de San Esteban de Anllo una tega de pan asemade para reparos de ella; mando medio cañado de vino además a la iglesia de San Miguel de Rosende, por diezmos mayores que debo; mando que paguen dos reales a las ánimas del purgatorio o le gaste asemade; las deudas que debo son las siguientes: debo a Alonso de Sistín do Mato, vecino de la feligresía de San Pedro de Canabal, sesenta y seis reales, mando que se los paguen; ítem mando que paguen mis herederos a María de Casaldra tres almides de pan; mando que paguen a Bartolomé de Junqueiro cuatro reales de primicia; ítem debo a Juan da Cegoñeira cuatro o cinco reales; (……); ítem debo a mi hijo Bartolomé Rodríguez una fanega de pan de primicias, se ha de pagar como se vendió el mayor; ítem debo a Pedro López da Burdalla un real, mando que se lo paguen; ítem mando que si alguna persona abonada (…) pedí alguna cosa, a mis herederos desde cuatro reales abajo se lo paguen; ítem me debe Alonso Álvarez de Arxemil tres ducados de un (…) que le vendí; y también me debe Alonso González de Arxemil un real; ítem me debe Pedro Blanco de (…) un real y diez maravedís; mas me debe (………) Juan Blanco de Ferrón seis maravedís, y Martelo me debe dos reales; mas me debe Antonio (…) un real y un maravedí, las cuales dichas deudas mando que sean contadas para ser pedidas según van declaradas; ítem dejo por cumplidor testamentario cabezalero de estas mis mandas y obsequias en este mi testamento ante mis herederos a Juan da Cegoñeira, vecino de la dicha feligresía de San Esteban de Anllo, y le doy mi poder cumplido en forma, para que entre por todos mis bienes, así muebles como raíces, (…) me haga cumplir todo lo en este mi testamento contemplado, y los bienes que de ellos quedaren los dejo y mando a mis hijos Bartolomé y Alonso y Juan, a los cuales dejo por tales mis hijos universales herederos de ellos, para que los lleven y hayan para siempre, y los partan y dividan hermanamente tanto el uno como el otro; y mando que el dicho Juan Rodríguez, mi hijo, que prevenir a partija a sus hermanos (…) dichos ducados que le di; asimismo mando que condono la parte de mi madre y padre a Juan da Cegoñeira y a su mujer, atento que no me la debieron y me la acabaron de pagar; ítem mando que todo lo susodicho se cumpla y guarde, y revoco y anulo y doy por nulo y de ningún valor y efecto otro cualquiera testamento o testamentos que haya hecho y otorgado antes de este, y no quiero que valgan ni hagan fe salvo este que hago y otorgo y ordeno ante Bartolomé Fernández, escribano, y este que doy es mi voluntad que valga y haga fe en juicio y fuera de él (….) otorgó la presente carta de manda y testamento a la manera que dicho es ante el presente escribano y testigos, de cuyo efecto hago fe, y cuanto por no saber firmar ruego a uno de los testigos que estaban presentes firme por mí de su nombre y se (…) que fue hecha y otorgada dentro de las casas de morada del dicho Pedro Rodríguez (…) estando a cuatro días del mes de enero del año de mil quinientos y setenta y cinco años, estando presentes por testigos al otorgamiento de esta carta el dicho Lois Enríquez y Alonso López de (…) y Bartolomé de Portizó, vecinos todos de esta dicha feligresía de San Esteban de Anllo (…). Firma: Lois Enríquez; ante mí, Bartolomé Fernández.
Coincidencias
Archivo:
Casa Noguedo (112)
Parroquia:
Tipo de documento:
Testamento (91)
Palabras clave:
Albacea (44)
Limosna (52)





