Escudo del Conselho de Sober

CEHIS - Centro de Estudios Históricos de Sober

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Tránsito por camino privado y reparto del agua de riego

Archivo: Casa Noguedo

Subarchivo: Casa do Noguedo

Fecha: 18/05/1828

Parroquia: San Xurxo de Santiorxo

Tipo de documento: Documento de acuerdo privado

Palabras clave: convenio, conflicto de vecindad, servidumbre

Descripcion/sinopsis:

Convenio entre partes y ante testigos por el que Domingo Rodríguez, vecino del lugar da Somoza, vende a Jacinto Rodríguez Blanco el camino y pasaje para el prado que llaman dos Cortiñeiros, de su propiedad, así como también acuerdan el reparto del agua para el riego.

Transcripción:Versión PDFpdf

En el lugar do Noguedo, feligresía de San Jorge de Santiorjo, a diez y ocho días del mes de mayo, año de mil ochocientos veinte y ocho, por delante número y suficientes testigos que abajo irán declarados infrascritos, parecieron presentes Jacinto Rodríguez Blanco, vecino de este dicho lugar do Noguedo, y Domingo Rodríguez Casado, vecino del lugar da Somoza, y estos dijeron y se convinieron que el Domingo Rodríguez, que le vendió y da en venta el camino y pasaje para el prado que posee el dicho Jacinto, que llaman dos Cortiñeiros, cuyo camino ha de atravesar el arroyo que va para Picores y Lubeiras por donde hay una presa, que hay más abajo de los pasos que hay en el fondo de una carrera que va del lugar da Somoza para Lubeiras, en la cantidad de veinte y dos reales y medio, que dicho Jacinto pagó de prontos y el dicho Domingo llevó a su poder y bolsillo, de cuya paga y entrega les otorga recibo y carta de pago de finiquito en forma, y se avinieron en dicha cantidad que va expresada y declarada. Asimismo lo hacen de partir el agua del mismo sitio; el Domingo Rodríguez ha de regar con dicha agua del arroyo el miércoles desde el nacer el sol hasta mediodía, y el dicho jacinto Rodríguez ha de regar todos los demás días de toda la semana, para el prado que llaman dos Cortiñeiros, exceptuando la tarde del sábado desde el mediodía hasta ponerse el sol, que le queda también para el Domingo Rodríguez Casado para regar dos cuartales en semiente de prado con esta agua, sin que en algún tiempo puedan reclamar más que el sitio señalado de la siembra que va pautada de los dos cuartales de siembra, y se obligan unos y otros de estar y pasar por este contrato sin que puedan repetir a lo que llevan contratado. Así se obligaron con sus personas y bienes de pasar por esta escritura de contrato, y de hecho así se someten a las justicias de su fuero y domicilio, para que así lo hagan por firme como si fuera sentencia definitiva de juez competente pasado en juzgado, renunciando las leyes de su favor de uno y otro, y verbalmente las volvieron a renunciar de uno al otro; y estando todos presentes así lo otorgaron, firma el Jacinto, que el Domingo dijo no saber hacerlo, un testigo lo hizo a su ruego, que ha todo ello se hallaron por testigos Josef Rodríguez, de este dicho lugar de Noguedo, Juan Guedella da Somoza, Jacinto Carnero del de Paradela, todos de esta parroquia de Santiorjo. Firma: Jacinto Rodríguez Blanco; Jacinto Carnero; Josef Rodríguez; halleme presente, Juan Guedella.