Escudo del Conselho de Sober

CEHIS - Centro de Estudios Históricos de Sober

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Venta de huerto a Jacinto Rodríguez Blanco

Archivo: Casa Noguedo

Subarchivo: Casa do Noguedo

Fecha: 04/01/1722

Parroquia: San Xoan de Barantes

Tipo de documento: Documento privado manuscrito

Palabras clave: venta, huerto

Descripcion/sinopsis:

Acuerdo privado entre Juan Rodríguez do Lobio, su hija Teresa Rodríguez, y el marido de esta, Bartolomé Martínez, para vender un huerto situado en el lugar do Lobio de Barantes a Jacinto Rodríguez Blanco do Noguedo, en precio de 33 reales, más un cuartal de centeno de renta que dicho Jacinto ha de pagar anualmente al señor del lugar do Lobio.

Transcripción:Versión PDFpdf

En el lugar do Lobio, feligresía de San Juan de Barantes, a cuatro días del mes de enero de mil setecientos y veinte y dos, parecieron presentes Bartolomé Martínez y su mujer Teresa Rodríguez, vecinos del lugar de Seone, de esta dicha feligresía, y ambos y dos de mancomún, y la dicha Teresa con licencia que para ello pidió a dicho su marido para junta con él hacer esta cédula de venta; y de la otra parte Juan Rodríguez do Lobio, vecino de la feligresía de Bolmente, padre de la dicha Teresa, y dijeron los dichos Bartolomé y su mujer, que vendían y dieron en venta a Jacinto Rodríguez Blanco, vecino del lugar do Noguedo, feligresía de Santiorjo, es a saber que le venden una suerte de huerto sito en el lugar do Lobio, que será de semiente un cuartal poco más o menos, demarca por la cabecera con carrera que viene del lugar de Barantes para el lugar do Lobio, y de otros dos lados con huerta y lameiro del comprador, y en precio de treinta y tres reales, pagos ahora de contado, y además de esto, con medio cuartal de pan de renta que dicho Jacinto ha de pagar en cada un año para el señor do Lobio; y el dicho Juan Rodríguez, porque le tocan el usufructo por los días de su vida, cede el derecho de ellos en esta venta, y los sobredichos Bartolomé y su mujer se apartan de dicho huerto, que ceden en dicho comprador y los suyos, y se obligan con sus personas y bienes, muebles y raíces, de hacerlo cierto y seguro para siempre jamás, y a mayor abundamiento reducirán esta venta, con los árboles y tierras, a escritura pública siendo necesario; y así lo otorgaron, y no firmaron por no saber; y dicho Jacinto se obligó de pagar la dicha renta; y esta venta es para dicho Jacinto y su mujer, hijos y herederos y sucesores, siendo testigos José Pérez do Lobio, Pedro do Lobio, Antonio Carnero, Manuel da Laja, todos de la feligresía de Barantes, y Antonio Rodríguez da Somoza, de la feligresía de Santiago. Firma: Jacinto Rodríguez; como testigo y a ruego, Manuel da Laja.